Saltar al contenido
Año fiscal: 2026

RESICO: Régimen Simplificado de Confianza

El régimen fiscal más sencillo para freelancers en México

En resumen

RESICO es un régimen fiscal diseñado para personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales. Ofrece tasas de ISR muy bajas (1% a 2.5%) y obligaciones simplificadas, lo que lo convierte en la opción más atractiva para la mayoría de los freelancers.

¿Qué es RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal que entró en vigor en 2022. Su objetivo es facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales para personas físicas con actividad empresarial, incluyendo freelancers.

La ventaja principal es clara: pagas mucho menos ISR que en cualquier otro régimen. En lugar de tasas progresivas que pueden llegar hasta el 35%, en RESICO pagas entre 1% y 2.5% sobre tus ingresos efectivamente cobrados.

¿Quién puede estar en RESICO?

Para tributar en RESICO necesitas cumplir estos requisitos:

  • Ser persona física con actividad empresarial o profesional
  • No superar los 3.5 millones de pesos de ingresos anuales
  • Estar al corriente con tus obligaciones fiscales
  • Tener tu e.firma (firma electrónica) activa
  • No ser socio o accionista de personas morales, ni ser parte relacionada que facture más del 50% de sus ingresos a dichas entidades (Art. 113-E, fracción III de la LISR)

Si eres asalariado y además freelanceas, puedes usar RESICO para tu actividad independiente siempre que tus ingresos totales (salario + freelance) no rebasen el límite.

Tasas de ISR en RESICO

RESICO usa una tabla de tasas mensuales basadas en el monto de ingresos cobrados en el periodo:

Ingreso mensual (hasta)Tasa de ISR
$25,000.001.00%
$50,000.001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$291,666.672.50%

Esta es una tabla simplificada. Las tasas se aplican directamente sobre el total de ingresos cobrados, sin deducciones. La tabla completa con cuota fija y porcentaje sobre excedente se encuentra en el Artículo 113-E de la Ley del ISR.

Obligaciones en RESICO

Como contribuyente en RESICO tienes que:

  1. Emitir CFDI (facturas electrónicas) por todos tus ingresos
  2. Presentar pagos mensuales definitivos de ISR e IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente
  3. Llevar contabilidad simplificada — básicamente tus facturas emitidas y recibidas

La declaración anual en RESICO es opcional desde 2025. Tus pagos mensuales de ISR son definitivos (regla 3.13.7 de la RMF), por lo que no necesitas presentar declaración anual salvo que tengas ingresos en copropiedad o ingresos adicionales en otros regímenes.

No necesitas llevar contabilidad electrónica completa ni enviar la contabilidad al SAT, lo cual reduce significativamente la carga administrativa.

Lo que no puedes hacer en RESICO

La simplicidad de RESICO tiene un costo: no puedes deducir ningún gasto para efectos de ISR — ni operativos ni personales. Esto significa que si tienes gastos operativos muy altos (más del 60-70% de tus ingresos), RESICO podría no ser tu mejor opción.

¿Qué pasa si rebasas el límite?

Si en cualquier momento del año tus ingresos acumulados superan los 3.5 millones de pesos, el SAT te moverá al régimen de Actividad Empresarial y Profesional (PFAE) a partir del siguiente ejercicio fiscal. Este cambio implica tasas más altas pero también la posibilidad de deducir gastos.

Puntos clave

  • Tasas de ISR desde 1% hasta 2.5% sobre ingresos cobrados
  • Límite de ingresos: 3.5 millones de pesos anuales
  • No puedes deducir ningún gasto para ISR (ni operativos ni personales)
  • Obligación de facturar todas tus operaciones con CFDI
  • Pagos mensuales definitivos; la declaración anual es opcional (RMF regla 3.13.7)
  • Si rebasas el límite de ingresos, pasas automáticamente a PFAE

Usa nuestra calculadora para estimar cuánto pagarás de ISR cada mes bajo RESICO.

Calcula tu ISR en RESICO

Aviso

Este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal. Consulta a un contador certificado para tu situación específica.