Saltar al contenido
Año fiscal: 2026

ISR: Impuesto Sobre la Renta

El impuesto principal que pagas como freelancer en México

En resumen

El ISR es el impuesto que pagas sobre tus ganancias. Si estás en RESICO, pagas entre 1% y 2.5% sobre ingresos cobrados (pagos mensuales definitivos). Si estás en PFAE, pagas entre 1.92% y 35% sobre la utilidad (ingresos menos deducciones) con pagos provisionales que se ajustan en la declaración anual.

¿Qué es el ISR?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto federal que grava tus ingresos. Toda persona que genere ingresos en México está obligada a pagarlo, y como freelancer no eres la excepción.

Lo que cambia según tu régimen fiscal es cómo se calcula y cuánto pagas. La diferencia puede ser enorme: un freelancer que gana $50,000 al mes podría pagar ~$550 en RESICO o más de $9,000 en PFAE sin deducciones (con deducciones del 30%, baja a ~$5,500).

ISR en RESICO

En RESICO, el cálculo es directo. Tomas tus ingresos efectivamente cobrados en el mes y aplicas la tasa correspondiente. No restas deducciones, no aplicas tablas complicadas. Es multiplicar un porcentaje por tus ingresos.

Ingreso mensual (hasta)Tasa de ISR
$25,000.001.00%
$50,000.001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$291,666.672.50%

Por ejemplo, si cobraste $40,000 en un mes, tu ISR sería de $440 (1.1%).

ISR en PFAE (Actividad Empresarial)

En el régimen de Actividad Empresarial y Profesional (PFAE), el cálculo es más complejo pero permite deducir gastos. El proceso es:

  1. Sumas todos tus ingresos del periodo
  2. Restas tus deducciones autorizadas (gastos del negocio)
  3. A esa utilidad le aplicas la tabla progresiva de ISR

La tabla progresiva tiene rangos que van desde 1.92% en el primer tramo de utilidad mensual, hasta 35% para utilidades altas. Es una tabla acumulativa: no pagas 35% sobre todo, solo sobre la parte que excede cada rango. Los montos exactos de cada tramo se publican anualmente en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Pagos mensuales de ISR

Cada mes debes calcular y pagar tu ISR. La fecha límite es el día 17 del mes siguiente al periodo que estás declarando. Si el 17 cae en día inhábil, se recorre al siguiente día hábil.

  • En RESICO: los pagos mensuales son definitivos (regla 3.13.7 de la RMF). No se ajustan en una declaración anual.
  • En PFAE: los pagos mensuales son provisionales y se ajustan en la declaración anual.

En tu pago mensual puedes restar:

  • Retenciones de ISR que tus clientes personas morales te hayan hecho (normalmente el 10% en PFAE o 1.25% en RESICO)
  • Pagos provisionales anteriores del mismo ejercicio (solo en PFAE)

Declaración anual

En PFAE, en abril del año siguiente presentas tu declaración anual, donde:

  • Calculas el ISR total del ejercicio
  • Restas los pagos provisionales que ya hiciste durante el año
  • Aplicas deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, etc.)
  • Determinas si tienes saldo a favor (te devuelven) o a cargo (pagas la diferencia)

En RESICO, la declaración anual es opcional desde 2025, ya que los pagos mensuales son definitivos (regla 3.13.7 de la RMF). Solo debes presentarla si tienes ingresos en copropiedad o ingresos adicionales en otros regímenes.

Retenciones de ISR

Cuando le facturas a una empresa (persona moral), esta tiene la obligación de retenerte ISR y enterarlo al SAT por ti. En RESICO la retención es del 1.25% sobre el monto facturado. En PFAE es del 10%.

RégimenTasa de retención ISR
RESICO1.25%
PFAE10%

Estas retenciones no son un impuesto adicional; son un adelanto de tu ISR que se descuenta cuando haces tu declaración.

Puntos clave

  • Es el impuesto federal sobre tus ganancias como freelancer
  • En RESICO: tasas fijas de 1% a 2.5% sobre ingresos cobrados
  • En PFAE: tasas progresivas de 1.92% a 35% sobre utilidad
  • En RESICO los pagos mensuales son definitivos; en PFAE son provisionales (día 17)
  • La declaración anual es obligatoria en PFAE (abril); en RESICO es opcional
  • Las retenciones que te hacen tus clientes se descuentan del ISR a pagar

Estima tu pago provisional de ISR según tu régimen fiscal y nivel de ingresos.

Calcula tu ISR mensual

Aviso

Este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal. Consulta a un contador certificado para tu situación específica.